jueves, 7 de julio de 2011

DETERMINACION DE LA CUANTIA DE DAÑOS Y PERJUICIOS MATERIALES Y MORALES EN PROCESO DE REPARACION DIRECTA POR LOS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO.

DETERMINACION DE LA CUANTIA DE DAÑOS Y PERJUICIOS MATERIALES Y MORALES EN PROCESO DE REPARACION DIRECTA POR LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. PREVALENCIA DEL DERECHO SUSTANCIAL. En este caso, el monto fue solicitado de manera global para cinco demandantes, para ser dividido entre ellos en partes iguales. La providencia, describe los fundamentos jurídicos del fallo para determinar el valor correspondiente a cada uno de ellos, teniendo en cuenta que se se trata de varias pretensiones. En la división arrojò como resultado la suma de $300’000.000 para cada uno de los actores. Por otra parte, ese monto fue pedido por perjuicios morales y materiales sin especificar en que proporción solicitaban la indemnización, lo cual no obsta para que se pueda determinar la cuantía, dado que a pesar de no haberse indicado en forma clara y separada el monto que correspondía por cada concepto, la Sala en aras de garantizar la prevalencia del derecho sustancial sobre las formas, deduce que lo que los actores pretenden por perjuicios morales, es el valor de 100 salarios mínimos legales mensuales vigentes, en razón a que jurisprudencialmente por regla general se ha considerado ese como el máximo a reconocer a título de indemnización por perjuicios morales.

CONSEJO DE ESTADO. SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO.
SECCION TERCERA. Consejera ponente: RUTH STELLA CORREA PALACIO. Bogotá, D.C., veinticuatro (24) de enero de dos mil siete (2007). Radicación número: 25000-23-26-000-2003-00623-01(33120). Actor. HERNANDO QUINTERO AYALA Y OTRO. Demandado: NACION- MINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO Y OTROS.

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